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GTC

Estimados clientes,

Las siguientes disposiciones, en la medida en que hayan sido efectivamente acordadas, formarán parte del contrato de viaje entre usted y Dietmar y Christine Häbe GbR, Velo Andaluz, en lo sucesivo abreviado "VA" , en caso de reserva a partir del 1 de julio de 2022. Complementan y completan las disposiciones legales de los artículos 651a - y del BGB (Código Civil alemán) y los artículos 250 y 252 del EGBGB (Ley Introductoria al BGB). Lea atentamente estas condiciones de viaje antes de efectuar su reserva.

1. celebración del contrato de viaje combinado, obligación del cliente

1.1 Lo siguiente se aplica a todos los canales de reserva:

a ) La base de la oferta de VA y de la reserva del cliente será la descripción del viaje y la información complementaria facilitada por VA para el respectivo viaje, en la medida en que estén a disposición del cliente en el momento de la reserva.

b) Si el contenido de la confirmación de viaje de VA difiere del contenido de la reserva, ello constituirá una nueva oferta de VA, a la que VA quedará vinculada durante un plazo de 3 días. El contrato se perfeccionará sobre la base de esta nueva oferta en la medida en que VA haya señalado el cambio con respecto a la nueva oferta y haya cumplido con sus obligaciones de información precontractual y el cliente declare su aceptación a VA dentro del plazo vinculante mediante declaración expresa o pago a cuenta.

c ) La información precontractual facilitada por VA sobre las características esenciales de los servicios de viaje, el precio del viaje y todos los costes adicionales, las modalidades de pago, el número mínimo de participantes y los gastos de anulación (de conformidad con el artículo 250 § 3 número 1, 3 a 5 y 7 EGBGB) sólo no formará parte del contrato de viaje combinado si así se ha acordado expresamente entre las partes.

1.2 Lo siguiente se aplica a las reservas efectuadas verbalmente, por teléfono, por escrito, por correo electrónico, por SMS o por fax :

a) El contrato se perfeccionará con la recepción de la confirmación de viaje (declaración de aceptación) por parte de VA. En el momento de la celebración del contrato o inmediatamente después, VA enviará al cliente una confirmación de viaje en forma de texto conforme a los requisitos legales sobre su contenido, salvo que el viajero tenga derecho a una confirmación de viaje en papel conforme al art. 250 § 6 (1) frase 2 EGBGB, por haberse celebrado el contrato en presencia física simultánea de ambas partes o fuera de los locales comerciales.

b ) Si VA presenta al cliente una oferta vinculante y concreta con servicios, precios y duración del viaje, en su caso previa consulta con el cliente acerca de sus deseos, el contrato se perfeccionará desviándose de las disposiciones anteriores mediante la aceptación por parte del cliente de esta oferta sin prórrogas, restricciones u otras modificaciones en la forma y duración especificadas por VA. En este caso, el contrato se perfeccionará tras la recepción de la declaración de aceptación del cliente por parte de VA. VA informará al cliente de la recepción de la declaración de aceptación. No obstante, el carácter jurídicamente vinculante del contrato es independiente de que el Cliente reciba esta notificación.

1.3 VA señala que, de conformidad con las disposiciones legales (artículos 312, apartado 7, 312g, apartado 2, frase 1, nº 9 del BGB), no existe derecho de rescisión en los contratos de viaje combinado celebrados en virtud de los artículos 651a y 651c del BGB. 9 del BGB), no existe derecho de desistimiento para los contratos de viaje combinado con arreglo a los artículos 651a y 651c del BGB celebrados mediante venta a distancia (cartas, catálogos, llamadas telefónicas, faxes, correos electrónicos, mensajes enviados a través del servicio de telefonía móvil (SMS), así como radio, telemedios y servicios en línea), sino únicamente los derechos legales de desistimiento y rescisión, en particular el derecho de desistimiento con arreglo al artículo 651h del BGB (véase también el artículo 5). No obstante, existe derecho de rescisión si el contrato de servicios de viaje se ha celebrado fuera de los establecimientos comerciales de conformidad con el artículo 651a del BGB, salvo que las negociaciones verbales en las que se basa la celebración del contrato se hayan llevado a cabo a petición previa del consumidor; en este último caso, tampoco existe derecho de rescisión.

1.4 Las reservas de vuelos que realizamos en nombre de nuestros clientes para todos los campamentos de ciclismo de competición en Málaga y Cambrils no están incluidas en el precio del paquete de vacaciones. Estos se reservan en nombre y por cuenta del cliente. Para el paquete ciclista básico, se cobrará una tasa de gestión.

2. pago

2.1 VA y las agencias de viajes sólo podrán exigir o aceptar el pago del precio del viaje antes de la finalización del viaje combinado si existe un contrato de protección del dinero del cliente eficaz y se ha entregado al cliente el certificado de seguridad con el nombre y los datos de contacto del asegurador del dinero del cliente de forma clara, comprensible y destacada. Una vez concluido el contrato, se deberá abonar un depósito del 20% del precio del viaje contra entrega del certificado de seguridad. VA se reserva el derecho de exigir, además del depósito, una tasa de vuelo a tanto alzado por un importe máximo del precio del vuelo. El pago restante deberá efectuarse 35 días antes del inicio del viaje, siempre que se haya entregado el certificado de seguridad y el viaje ya no pueda cancelarse por el motivo indicado en el apartado 7. En el caso de las reservas efectuadas con menos de 30 días de antelación al inicio del viaje, el pago de la totalidad del precio del viaje deberá efectuarse inmediatamente.

2.2 Si el cliente no efectúa el pago a cuenta y/o el pago final en los plazos acordados, aunque VA esté dispuesta y en condiciones de prestar los servicios contractuales adecuadamente, haya cumplido sus obligaciones legales de información y el cliente no tenga derecho legal o contractual de retención, VA tendrá derecho a rescindir el contrato de viaje combinado tras enviar un recordatorio con una fecha límite y a cargar al cliente los gastos de rescisión conforme al apartado 5.

3. cambios en el contenido del contrato antes del inicio del viaje que no afecten al precio del mismo

3.1 Las desviaciones de las características esenciales de los servicios de viaje con respecto al contenido acordado en el contrato de viaje combinado, que resulten necesarias tras la celebración del contrato y no hayan sido provocadas por VA de mala fe, están permitidas a VA antes del inicio del viaje, siempre que las desviaciones sean insignificantes y no afecten al diseño global del viaje.

3.2 VA está obligada a informar al cliente de los cambios en los servicios inmediatamente después de tener conocimiento del motivo del cambio en un soporte duradero (por ejemplo, también por correo electrónico, SMS o mensaje de voz) de forma clara, comprensible y enfatizada.

3.3 En caso de modificación significativa de una característica esencial de un servicio de viaje o de desviación de los requisitos especiales del cliente que hayan pasado a formar parte del contrato de viaje combinado, el cliente tendrá derecho a aceptar la modificación o a rescindir el contrato de viaje combinado sin coste alguno dentro de un plazo razonable fijado por VA en el mismo momento de la notificación de la modificación. Si el cliente no declara expresamente a VA la rescisión del contrato de viaje combinado dentro del plazo fijado por VA, la modificación se considerará aceptada.

3.4 Los eventuales derechos de garantía no se verán afectados en caso de que las prestaciones modificadas sean defectuosas. Si VA tuviera costes inferiores para la realización del viaje modificado o un posible viaje de sustitución ofrecido con la misma calidad al mismo precio, se reembolsará al cliente la diferencia de conformidad con el § 651m párrafo 2 del BGB.

4. aumento de precios, reducción de precios

4.1 VA se reserva el derecho, de acuerdo con los artículos 651f, 651g del BGB y las siguientes disposiciones, a aumentar el precio del viaje acordado en el contrato de viaje combinado si

a) un aumento del precio del transporte de pasajeros debido al encarecimiento del combustible u otras fuentes de energía,

b) un aumento de los impuestos y otras tasas por servicios de viaje acordados, como tasas turísticas, portuarias o aeroportuarias, o

c) una variación de los tipos de cambio aplicables al viaje combinado en cuestión repercute directamente en el precio del viaje.

4.2 Un aumento del precio del viaje sólo está permitido si VA informa al viajero en forma de texto, de manera clara y comprensible, sobre el aumento del precio y las razones del mismo y facilita el cálculo del aumento del precio.

4.3 El incremento del precio se calcula del siguiente modo:

a) En caso de aumento del precio del transporte de personas de acuerdo con 4.1a), VA podrá aumentar el precio del viaje de acuerdo con el siguiente cálculo:

En caso de aumento relacionado con el asiento, VA podrá exigir al cliente el importe del aumento.

En caso contrario, los costes adicionales de transporte exigidos por la empresa de transportes por medio de transporte se dividirán por el número de plazas del medio de transporte acordado. VA podrá exigir al cliente el incremento resultante por plaza individual.

b ) En caso de aumento de los impuestos y otras tasas de conformidad con el apartado 4.1b), el precio del viaje podrá incrementarse en la cantidad prorrateada correspondiente.

c ) En caso de aumento de los tipos de cambio de conformidad con 4.1c), el precio del viaje podrá incrementarse en la medida en que el viaje se haya encarecido para VA como consecuencia de ello.

4.4 VA estará obligada a conceder al cliente/viajero, a petición de éste, una reducción del precio del viaje, siempre y cuando los precios, tasas o tipos de cambio especificados en 4.1 a) - c) hayan variado después de la celebración del contrato y antes del inicio del viaje y ello suponga menores costes para VA. Si el cliente/viajero ha abonado un importe superior al debido en virtud del presente contrato, el importe adicional será reembolsado por VA. No obstante, VA podrá deducir del importe adicional a reembolsar los gastos administrativos en que efectivamente haya incurrido. A petición del cliente/viajero, VA deberá proporcionar pruebas del importe de los gastos administrativos en que haya incurrido.

4.5 Los aumentos de precio sólo se permiten hasta el vigésimo día anterior al inicio de la estancia.

4.6 En caso de aumentos de precio superiores al 8%, el cliente tendrá derecho a aceptar la modificación o a rescindir gratuitamente el contrato de viaje combinado dentro de un plazo razonable fijado por VA en el mismo momento de la notificación del aumento de precio. Si el cliente no declara expresamente a VA la rescisión del contrato de viaje combinado dentro del plazo fijado por VA, la modificación se considerará aceptada.

5. cancelación por parte del cliente antes del inicio del viaje/gastos de cancelación

5.1 El cliente podrá desistir del contrato de viaje combinado en cualquier momento antes del inicio del viaje. La cancelación deberá declararse a VA en la dirección indicada arriba/abajo; si el viaje se ha reservado a través de una agencia de viajes, la cancelación también podrá declararse a la agencia de viajes. Se recomienda al cliente que declare la cancelación en forma de texto.

5.2 Si el cliente cancela antes del inicio del viaje o no lo inicia, VA perderá el derecho al precio del viaje. En cambio, VA podrá exigir una indemnización razonable si no es responsable de la anulación o si se producen circunstancias inevitables y extraordinarias en el lugar de destino o en sus inmediaciones que perjudiquen considerablemente la realización del viaje combinado o el transporte de personas al lugar de destino; las circunstancias son inevitables y extraordinarias si están fuera del control de VA y sus consecuencias no podrían haberse evitado aunque se hubieran tomado todas las precauciones razonables.

5.3 VA ha determinado los siguientes importes a tanto alzado de indemnización teniendo en cuenta el período transcurrido entre la declaración de cancelación y el inicio del viaje y teniendo en cuenta el ahorro de gastos previsto y los ingresos previstos por otros usos de los servicios de viaje. La indemnización se calculará de la siguiente manera en función del momento de recepción de la declaración de anulación con el baremo de anulación correspondiente:

  1. a) para viajes aéreos con compañías chárter, sólo para reservas de hotel y para reservas de alquiler de bicicletas y paquetes de bicicletas:


hasta 30 días antes de la salida 25

del 29 al 7º día antes de la salida 75 %,

del 6 al 1 día antes de la salida, el 90 %,

100 % del precio del viaje el día del viaje y en caso de no inicio del viaje

  1. b) En el caso de una reserva de vuelo (por ejemplo, vuelos regulares) o de una reserva de hotel, en cada caso con una tarifa especial, no se acuerda una escala de gastos de anulación a tanto alzado, sino que los gastos de anulación se calculan específicamente conforme al artículo 651i (2) del BGB.


5.4 En cualquier caso, el Cliente podrá probar a VA que ésta no ha sufrido daño alguno o un daño considerablemente inferior a la indemnización a tanto alzado exigida por VA.

5.5 VA se reserva el derecho a reclamar una compensación específica más elevada en lugar de las tarifas a tanto alzado mencionadas, en la medida en que VA demuestre que ha incurrido en gastos significativamente superiores a la tarifa a tanto alzado aplicable. En este caso, VA estará obligada a cuantificar y justificar la indemnización reclamada, teniendo en cuenta los gastos ahorrados y cualquier otra utilización de los servicios de viaje.

5.6 Si VA se viera obligada a reembolsar el precio del viaje como consecuencia de una anulación, deberá efectuar el pago inmediatamente, pero en todo caso dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la notificación de anulación.

5.7 El derecho legal del cliente a exigir de VA, según § 651 e BGB, mediante notificación en soporte duradero, que un tercero entre en los derechos y obligaciones derivados del contrato de viaje combinado en lugar del cliente, no se verá afectado por las condiciones anteriores. Dicha declaración se considerará en todo caso oportuna si es recibida por VA 7 días antes del inicio del viaje.

5.8 Se recomienda encarecidamente la contratación de un seguro de anulación de viaje y de un seguro que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente o enfermedad. VA recomienda a los clientes que comprueben sus pólizas de seguro personales, incluyendo equipaje, accidentes, seguro médico internacional y responsabilidad civil personal (moto de alquiler).

6. cambios de reserva

6.1 Una vez celebrado el contrato, el cliente no tendrá derecho a modificar la fecha del viaje, el destino, el lugar de salida, el alojamiento, el tipo de restauración, el medio de transporte u otros servicios (cambio de reserva). Esto no se aplica si la nueva reserva es necesaria porque VA no ha proporcionado al viajero información precontractual, o ésta ha sido insuficiente o incorrecta, de acuerdo con el Art. 250 § 3 EGBGB; en este caso, la nueva reserva es posible sin coste alguno. Si, en otros casos, a pesar de ello se efectúa una nueva reserva a petición del cliente, VA podrá cobrar al cliente una tasa de nueva reserva por viajero afectado por la nueva reserva si se cumplen los siguientes plazos. Salvo que se acuerde otra cosa en casos individuales antes de confirmar la nueva reserva, la tasa de cambio de reserva será de 25 euros por viajero afectado hasta el inicio del segundo período de cancelación para el tipo de viaje correspondiente, de conformidad con la disposición anterior del apartado 5.

6.2 Las solicitudes de cambio de reserva realizadas por el cliente una vez expirados los plazos sólo podrán llevarse a cabo, en la medida de lo posible, tras la cancelación del contrato de viaje combinado de conformidad con el apartado 5 sobre las condiciones y el nuevo registro simultáneo. Esto no se aplica a las solicitudes de cambio de reserva que sólo conlleven gastos menores.

7. cancelación por número insuficiente de participantes

7.1 Si no se alcanza un número mínimo de participantes, VA podrá rescindir el contrato de acuerdo con las siguientes disposiciones:

a ) El número mínimo de participantes y la hora límite en la que el cliente debe recibir la notificación de cancelación por parte de VA deben especificarse en la información precontractual correspondiente.

b) VA debe indicar el número mínimo de participantes y la fecha límite de cancelación en la confirmación de viaje.

c) VA está obligada a declarar la cancelación del viaje al cliente inmediatamente si existe la certeza de que el viaje no se llevará a cabo por no alcanzarse el número mínimo de participantes.

d ) No se permite la cancelación por parte de VA más tarde de 20 días antes del inicio del viaje.

7.2 Si el viaje no se realiza por este motivo, se reembolsarán al cliente sin demora todos los pagos efectuados para el precio del viaje; se aplicará en consecuencia el apartado 5.6.

8. cese por motivos de comportamiento

8.1 VA podrá rescindir el contrato de viaje combinado sin previo aviso si el viajero causa trastornos duraderos a pesar de una advertencia de VA o si se comporta de forma contraria al contrato hasta tal punto que se justifique la rescisión inmediata del contrato. Esto no será de aplicación si el comportamiento contrario al contrato se debe a un incumplimiento del deber de información de VA.

8.2 En caso de anulación, VA conservará el derecho al precio del viaje; no obstante, VA deberá permitir que se compense el valor de los gastos ahorrados y los beneficios que VA obtenga de cualquier otro uso del servicio no utilizado, incluidos los importes acreditados por los proveedores de servicios.

9 Obligaciones del cliente/viajero

9.1 Documentos de viaje El cliente deberá informar a VA o a la agencia de viajes a través de la cual reservó el viaje combinado si no recibe los documentos de viaje necesarios (por ejemplo, billete de tren, bono de hotel) dentro del plazo comunicado por VA.

9.2 Notificación de defectos / solicitud de subsanación

a) Si el viaje no se presta libre de defectos, el viajero podrá exigir una reparación.

b) Si VA no ha podido subsanar la situación como consecuencia de una omisión culposa de la notificación de defectos, el viajero no podrá hacer valer reclamaciones de reducción del precio conforme al artículo 651m del BGB ni reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios conforme al artículo 651n del BGB.

c) El viajero está obligado a notificar inmediatamente los defectos al representante de VA in situ. Si un representante de VA no está disponible in situ y no está obligado por contrato, cualquier defecto del viaje deberá ser puesto en conocimiento de VA en el punto de contacto facilitado por VA; la información sobre la disponibilidad del representante de VA o su punto de contacto in situ se facilitará en la confirmación del viaje. No obstante, el viajero también podrá poner la notificación de los defectos en conocimiento de la agencia de viajes a través de la cual reservó el viaje combinado.

d) El representante de la VA estará autorizado a adoptar medidas correctoras si ello es posible. Sin embargo, no está autorizado a reconocer reclamaciones.

9.3 Servicios no utilizados

Si el cliente no hace uso de los servicios de viaje individuales debido a un viaje de regreso prematuro, enfermedad u otros motivos no imputables a VA, el cliente no tendrá derecho a un reembolso prorrateado. No obstante, VA reembolsará al cliente los gastos ahorrados en cuanto y en la medida en que hayan sido efectivamente reembolsados a VA por los proveedores de servicios individuales.

9.4 Fijar un plazo antes de la anulación

Si el cliente/viajero desea rescindir el contrato de viaje combinado debido a un defecto de viaje del tipo descrito en el artículo 651i (2) BGB, en la medida en que sea significativo, de conformidad con el artículo 651l BGB, deberá fijar previamente a VA un plazo razonable para la subsanación. Esto sólo no será de aplicación si la subsanación es denegada por VA o si la subsanación inmediata es necesaria.

9.5 Daños en el equipaje y retras os en la entrega VA recomienda encarecidamente que los daños o retrasos en la entrega al viajar en avión se notifiquen inmediatamente in situ a la compañía aérea responsable mediante un informe de daños (P.I.R.). Por regla general, las compañías aéreas deniegan el reembolso si no se ha cumplimentado el informe de daños. El informe de daños debe presentarse en un plazo de 7 días en caso de equipaje dañado y en un plazo de 21 días a partir de la entrega en caso de equipaje retrasado. En caso contrario, la pérdida, daño o extravío del equipaje debe comunicarse al guía turístico o al representante local del operador turístico.

10 Bicicleta de alquiler 10.1 Responsabilidad del cliente por la bicicleta de alquiler Si se proporciona una bicicleta como parte del contrato de viaje, el cliente es responsable del manejo cuidadoso de la bicicleta. En particular, el cliente se compromete a

normas de tráfico y a no dejar la bicicleta sin vigilancia o sin asegurarla para que no pueda ser retirada (desbloqueada). El cliente es responsable de cualquier daño derivado del incumplimiento de sus obligaciones. Debido a la obligación de información, recordamos que el casco es obligatorio para los ciclistas en España. 10.2 Ajustes de la bicicleta

El ajuste de las ruedas es gratuito. VA siempre se esfuerza por proporcionar al cliente una bicicleta que se adapte a sus medidas corporales. 10.3 Peso máximo autorizado El peso máximo autorizado para las bicicletas de carbono es de 110 kg.

10.4 Ciclismo en los destinos que ofrecemos El cliente es responsable de evaluar su propio estado de salud. Antes de viajar, el cliente debe comprobar por sí mismo si la participación en deportes y otras actividades de ocio es compatible con su respectivo estado físico. VA no puede aceptar ninguna responsabilidad por lesiones físicas o daños a la salud. El uso del casco es obligatorio en todos los viajes. 11 Limitación de responsabilidad

11.1 La responsabilidad contractual de VA por daños que no se deriven de lesiones a la vida, la integridad física o la salud y que no hayan sido causados de forma culposa, se limitará al triple del precio del viaje. Esta limitación de responsabilidad no afectará a las reclamaciones que excedan de este límite en virtud del Convenio de Montreal o de la Ley de Tráfico Aéreo.

11.2 VA no se responsabiliza de interrupciones del servicio, daños personales y materiales en relación con servicios que hayan sido organizados como servicios de terceros (por ejemplo, excursiones organizadas, eventos deportivos, visitas al teatro, exposiciones) si estos servicios han sido identificados expresa y claramente como servicios de terceros en la descripción del viaje y en la confirmación del viaje, indicando la identidad y dirección de la parte contratante, de forma que se reconozca que no forman parte del viaje combinado de VA para el viajero y hayan sido seleccionados por separado. Esto no afecta a los artículos 651b, 651c, 651w y 651y del BGB.

Sin embargo, VA será responsable si y en la medida en que el incumplimiento de las obligaciones de información, aclaración u organización por parte de VA haya causado daños al viajero.

12. reclamación de créditos, destinatario

El cliente/viajero debe hacer valer sus derechos frente a VA de conformidad con el artículo 651i (3) nº 2, 4-7 BGB. La reclamación también puede realizarse a través de la agencia de viajes si el viaje combinado se reservó a través de dicha agencia. Se recomienda presentar la reclamación en forma de texto.

13. Información sobre pasaportes y visados El asesoramiento en materia de pasaportes y visados sólo será prestado por VA si el cliente lo encarga expresamente, salvo que VA esté obligada a prestar este servicio de asesoramiento al cliente en relación con el proveedor de servicios. 14 Resolución alternativa de litigios, elección del derecho aplicable y fuero competente

14.1 Con respecto a la Ley de resolución de litigios en materia de consumo, VA señala que VA no participa en la resolución voluntaria de litigios en materia de consumo. En caso de que la resolución de litigios en materia de consumo sea obligatoria para VA después de la impresión de las presentes Condiciones Generales de Viaje, VA informará de ello a los consumidores de forma adecuada. VA se remite a la plataforma europea de resolución de litigios en línea http://ec.europa.eu/consumers/odr/ para todos los contratos de viaje celebrados en el tráfico jurídico electrónico.

14.2 Para clientes/viajeros que no sean nacionales de un estado miembro de la Unión Europea o ciudadanos suizos, se acuerda la aplicación exclusiva del derecho alemán para toda la relación legal y contractual entre el cliente/viajero y VA. Dichos clientes/viajeros podrán demandar a VA exclusivamente en su domicilio social.

14.3 Para las acciones entabladas por VA contra clientes o socios contractuales del contrato de viaje combinado que sean comerciantes, personas jurídicas de derecho público o privado o personas físicas,

que tengan su domicilio o residencia habitual en el extranjero, o cuyo domicilio o residencia habitual se desconozca en el momento de interponer la demanda, el fuero competente será el domicilio social de VA.

15.1 Las presentes condiciones de viaje se aplican a los contratos celebrados a partir del 01.07.2022.

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Estas condiciones de viaje están protegidas por derechos de autor; Deutscher Tourismusverband e.V. y Noll & Hütten Rechtsanwälte, Stuttgart | Múnich, 2017-2018.

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es un operador turístico:

Dietmar y Christine Häbe GbR Velo Andaluz

Rudolf-Blickle-Str. 31b

Teléfono +49 (0) 1523 7708995

Correo electrónico info@velo-andaluz.com